Normativa uso de las mascarillas

Estimadas familias:

De acuerdo con la Resolución de 9 de febrero de 2022 de la Consejería de Educación por la que se modifica la de 5 de enero de 2022 y adaptada a la modificación introducida por el RD 115/2022 de 8 de febrero, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19, se establece:

“1. Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:

a) En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.

 b) En los eventos multitudinarios que tienen lugar en espacios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie. Si están sentados, será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de al menos 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.

 c) En los medios de transporte aéreo, en autobús, o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo grupos de convivientes.”

Con el fin de clarificar la disposición de esta nueva normativa, la Consejería de Educación realiza con fecha de 10/02/22 las siguientes aclaraciones:

“1) Esta nueva normativa suprime la obligatoriedad del uso de la mascarilla en exteriores y la limita únicamente a la asistencia de eventos multitudinarios. Esto supone que no es obligatorio el uso de mascarilla en los patios escolares al aire libre, ya que no se trata de eventos multitudinarios.

2) Se recomienda su uso, cuando se produzcan aglomeraciones, recomendación realizada por la  Consejería de Salud del Principado. Esto supone que no se puede obligar al uso de la mascarilla, pero que es aconsejable en aquellas situaciones concretas en las que se concentre un número elevado de personas. A modo de ejemplo, el juego ordinario en un recreo no se considera una aglomeración.”

Un saludo cordial

La Dirección